Señal indicativa de una zona de bajas emisiones en Madrid.La organización de defensa de los conductores Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha solicitado al alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, la paralización inmediata del cobro de las multas impuestas por acceder a las zonas de bajas emisiones (ZBE) hasta el pasado 6 de abril, a la espera de que el Tribunal Supremo decida sobre la admisión del recurso de casación presentado por el Ayuntamiento. En marzo, el pleno de Cibeles aprobó, con los votos en solitario del PP, la nueva ordenanza de movilidad sostenible, año y medio después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anulara parte del texto aprobado en 2021, en concreto, lo que se refería a las zonas de bajas emisiones (ZBE) de la capital a partir de un recurso de Vox. Según ha señalado AEA en un comunicado, desde septiembre de 2021 hasta noviembre de 2025 el Consistorio ha impuesto un total de 3.361.751 sanciones, por un importe superior a 650 millones de euros, que podrían quedar sin efecto en caso de que el alto tribunal inadmitiera el recurso. Daño económico a los conductores La asociación ha justificado su petición en “el daño económico que desde hace más de cinco años se está causando a cientos de miles de conductores madrileños”, a quienes, a su juicio, se les están cobrando multas de “dudosa legalidad”. El presidente de AEA, Mario Arnaldo, considera que el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid responde a una “estrategia dilatoria” y no a razones de interés general, con el objetivo de “seguir recaudando”. Unas multas que, según ha explicado, “luego no quiere devolver argumentando que una hipotética decisión declarando nula la ordenanza solo afectaría a las multas pendientes de cobro, pero no a las ya cobradas”. Ante esta situación, esta organización recomienda a los conductores recurrir todas las sanciones y agotar las vías de defensa. Asimismo, respecto a las sanciones ya pagadas, la AEA considera que el Ayuntamiento estaría obligado a “indemnizar a los automovilistas afectados con el mismo importe de lo cobrado”. En este aspecto, preguntado por los medios en una rueda de prensa a finales de año, el delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, rechazó de plano la devolución de multas en función de la postura del TS. A su entender, “cuando se produjo la infracción la ordenanza estaba vigente”. Perjuicio para las personas de menor capacidad económica El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló en septiembre de 2024 las ZBE por errores concretos en la formulación de la normativa. En particular, la sentencia anula aquellas partes de la ordenanza de movilidad sostenible de Madrid que definen el ámbito de la zona de bajas emisiones (ZBE) en todo el municipio, así como las que establecen las dos áreas de especial protección (Distrito Centro y Plaza Elíptica), pero deja sin tocar el resto del articulado. En su sentencia, el TSJM no ponía en cuestión la potestad del Ayuntamiento de establecer medidas para proteger la salud de los ciudadanos y rebajar los niveles de contaminación, pero considera “insuficientes” los informes que justifican el establecimiento de estas áreas, sobre todo en cuanto a los estudios referentes al impacto económico para los más pobres. La sentencia señalaba que las medidas restrictivas adoptadas por la ordenanza afectan “presumiblemente” a las personas de menor capacidad económica, a las que resulta más difícil acceder a nuevos vehículos que cumplan con las exigencias ambientales.