Ya es oficial: Hacienda confirma las personas que podrán deducirse el seguro de coche en la Renta de 2026 La cuenta atrás para que se inicie la campaña de la declaración de la Renta 2026 ya ha comenzado. En esta línea, todos los españoles buscan qué costes se pueden deducir. Ahora, Hacienda ha confirmado que el seguro del coche va a ser uno de esos gastos, aunque no es para todas las personas.Como cada año, las presentaciones comenzarán en abril y acabarán a finales de junio, es decir, coinciden con los meses de primavera. En concreto, la campaña de este año va del 8 de abril al 29 de junio por las tres vías de siempre: online, telefónica y presencial. Ahora, los españoles tienen que hacer la declaración; buscan cualquier resquicio que les permita deducir costes que se reflejen en que Hacienda te devuelva dinero. En esta línea, los conductores no iban a ser menos.Ahora, el ministerio dirigido por María Jesús Montero ha confirmado que ciertos conductores van a poder deducirse el coste del seguro obligatorio del coche, aunque deberán cumplir con una serie de requisitos.Estas profesiones podrán desgravar el seguroCada campaña de la renta trae la misma escena: contribuyentes revisando facturas, buscando deducciones "olvidadas" y preguntándose si ese gasto anual que parece inevitable puede aliviar un poco el resultado final. Uno de los más habituales es el seguro del coche.Hay que recordar que el seguro obligatorio es impuesto por el Gobierno. Es por eso que lo lógico sería que se pudiese deducir. Por norma general, no es posible, aunque ahora Hacienda ha levantado la mano en determinadas situaciones.La clave está en si el vehículo está vinculado directamente a una actividad económica. Es decir, Hacienda permite deducir el seguro del coche si el vehículo está afecto a una actividad profesional y se utiliza como herramienta de trabajo. En ese caso, la prima puede computarse como gasto dentro de los rendimientos de actividades económicas.De esta manera, las personas que van a poder beneficiarse de esta deducción van a ser los autónomos que utilizan el coche para trabajar. Aquí destacan transportistas, repartidores, determinados comerciales o profesionales que necesitan desplazarse continuamente para prestar sus servicios.Sin embargo, no va a ser suficiente con decir que lo usas para trabajar. Todos van a tener que justificar que el uso es profesional y está directamente relacionado con la actividad declarada. El gasto debe estar debidamente acreditado y vinculado a la actividad económica.Sin embargo, el punto conflictivo está en aquellos casos en los que el vehículo se utiliza tanto para trabajo como para fines personales. En estos casos, no existe una deducción general automática de la prima del seguro.Para ello, la Agencia Tributaria exige que el uso profesional esté claramente demostrado y, en la práctica, la deducción total suele ser difícil si no se trata de un uso exclusivo para la actividad.Es por eso que lo recomendable, de cara a la próxima campaña de la declaración de la Renta, es revisar si el vehículo forma parte real y justificable de la actividad económica. Recuerda que no basta con ser autónomo; es necesario que el coche en cuestión esté destinado y registrado para esta actividad y que el gasto tenga relación directa con ella.En definitiva, el seguro obligatorio no se desgrava por el simple hecho de ser obligatorio. Solo cuando el coche es herramienta de trabajo y puede probarse, la prima puede convertirse en deducción.