La ITV es uno de esos trámites que los conductores intentan retrasar todo lo posible por varias razones que van desde su coste hasta el tiempo que hay que perder para pasarla o el miedo a encontrarse con una avería. A pesar de ello, cabe recordar que es una obligación que, además, es fundamental para garantizar que los vehículos circulen en condiciones seguras.Todavía es más importante en el caso de vehículos que pasan muchas más horas en carretera y que soportan un desgaste más elevado que un coche particular. De ahí que la Dirección General de Tráfico haya actualizado la normativa sobre autocaravanas en España y haya acortado los plazos para pasar la ITV. ITV cada seis meses Este mismo 2026 la DGT ha publicado la Instrucción PROT 2026/04 sobre autocaravanas que actualiza la anterior firmada en 2023. Una de las principales novedades es que la nueva instrucción incluye a las furgonetas camperizadas, que son aquellas cuyo interior se ha transformado para que puedan funcionar como una vivienda móvil. El BOE confirma el cambio en la ITV: tendrán que pasarla cada seis meses estos vehículos con más de 10 años de antigüedadAdemás, esta actualización cambia los plazos para pasar la ITV y diferencia entre autocaravanas, que son categoría M, y las furgonetas camperizadas, que son categoría N. En el caso de las autocaravanas, las que tengan menos de cuatro años estarán exentas de pasar la inspección, las que tengan entre 4 y 10 años deberán hacerlo cada dos años, y a partir de los 10 años cada año. Los plazos son más cortos en el caso de las furgonetas camperizadas. Este tipo de vehículos deberán pasar la ITV cada año si tienen menos de 10 años de antigüedad, y cada seis meses si tienen más de 10 años de antigüedad. Otros vehículos En el caso de los coches, el Gobierno aclara que la ITV se debe pasar cuatro años después de la fecha de la primera matriculación, y a partir de entonces, cada dos años. Si el vehículo tiene más de diez años, entonces la ITV se hace cada año. Con las motocicletas los plazos son similares: cada dos años a partir del cuarto año desde la primera matriculación.