2.600.000 de coches en España están inmovilizados y sus dueños podrían ser multados con hasta 3.000 euros, según la Ley sobre responsabilidad civil En España hay muchos vehículos estacionados en la calle, dejados ahí por sus propietarios sin saber que se pueden enfrentar a una multa de esas que arruinan la economía de una familia media. Se suelen llamar coches zombis. En total, hablamos de 2,6 millones de automóviles y sanciones de hasta 3.000 euros.No son pocos los conductores que estacionan su coche en la calle durante largas temporadas o para siempre. Seguro que alguna vez has visto en tu barrio un vehículo inmovilizado, sucio, cubierto de hojarasca y que no se mueve de ahí desde hace meses.Pero esta práctica puede salir cara al propietario y la explicación está en la Ley de responsabilidad civil. Esta ley establece en su artículo 2,1 que “todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil a que se refiere el artículo 1”.Ese artículo 1 dice que “el conductor de vehículos a motor es responsable, en virtud del riesgo creado por los hechos de la circulación de tales vehículos, de los daños causados a las personas o en los bienes como consecuencia de esos hechos”.Hasta 3.005 euros de multa por dejar un vehículo inmovilizado y sin seguro en vigorPor tanto, todo el que tiene un coche está obligado a tener un seguro en vigor. De lo contrario, hay consecuencias. Como señala el artículo 3.1, el incumplimiento de la obligación de asegurarse determinará:La prohibición de circular por territorio nacional de los vehículos no asegurados.El depósito o precinto público o domiciliario del vehículo, con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro. En principio, el tiempo de precinto es un mes, pero puede ampliarse a tres meses en caso de reincidencia, e incluso a un año si se decide saltarse el precinto.Multa de 601 a 3.005, dependiendo de si el vehículo está en circulación o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción.La normativa fija una excepción a la multa por tener el coche inmovilizado en la calle, recogida en el artículo 2.8.a: “Los vehículos que requieran autorización administrativa para circular, pero que no se usen como medio de transporte, y que hayan sido dados de baja de forma temporal o definitiva del registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico”.Según la propia DGT, basándose en un estudio de la aseguradora Línea Directa, actualmente hay en España 2.600.000 coches inmovilizados y sin seguro, cuyos dueños podrían pagar hasta 3.005 euros de sanción.Por tanto, no se puede tener un coche sin seguro, aunque esté estacionado en un garaje, ya que implica una multa cuantiosa más los gastos de depósito.Multa por dejar el coche aparcado varios días en el mismo sitioPero hay más multas que muchos conductores no conocen. Por ejemplo, te pueden sancionar por aparcar el coche durante varios días en el mismo sitio. Tal como lo estás leyendo.Es algo muy habitual. Aparcas tu vehículo en una calle de tu barrio y ahí se queda durante varios días, quizás hasta el siguiente fin de semana si no sueles utilizarlo. De repente, vuelves al coche y… ¡sorpresa! No está. En su lugar, te encuentras la pegatina de la grúa que se lo ha llevado.En este caso, no tiene que ver con una infracción por haber estacionado mal, sino que lo has dejado muchos días en el mismo lugar y, por ejemplo, el ayuntamiento ha iniciado unas obras en la zona que obligaban a retirar el vehículo. Pero tú no te has enterado…Tanto la regulación del estacionamiento como la retirada de los coches por la grúa son competencias municipales y, por tanto, cada municipio establece el tiempo máximo que puede permanecer un vehículo estacionado en la vía pública sin que el propietario lo cambie.En algunos municipios, como Madrid o Sevilla, hay una Ordenanza de Movilidad que prohíbe estacionar más de cinco días seguidos en el mismo lugar de la calle, a cuyo efecto sólo se computarán los días hábiles. En otras ciudades, en cambio, el plazo puede ser de hasta un mes.En el caso de la ordenanza de Madrid (y Sevilla), dice literalmente que “el propietario del vehículo tendrá la obligación de cerciorarse por sí, o por cualquier otra persona o medio, de que su vehículo no se encuentra indebidamente estacionado como consecuencia de cualquier cambio de señalización u ordenación del tráfico”.Y añade: “Para hacerlo, dispondrá de un máximo de cuarenta y ocho horas consecutivas, a cuyo efecto sólo se computarán los días hábiles”.Es decir, que cada 48 horas hay que comprobar el estado del vehículo estacionado en la vía, por si hubiesen cambiado las condiciones de señalización o tráfico.Si las condiciones han cambiado y ya no se permite el estacionamiento, previa señalización correspondiente, y no has retirado tu coche, entonces la Policía Local procederá a ponerte una multa por estacionamiento indebido, considerado como una falta grave y tipificado con 200 euros, que se reduce a 100 si pagas en los 20 días siguientes a la notificación. A esto habrá que sumar la estancia del vehículo en el depósito municipal, después de llevárselo la grúa.