Un perro en un transportín en la parte trasera de un coche.Casi la mitad de los ciudadanos europeos tiene una mascota (el 44%, según cifras de la Comisión Europea) y muchos de ellos han podido ver en los últimos días algunos titulares agresivos relacionados con perros, gatos y coches, del estilo La Unión Europea lo confirma: no podrás viajar con mascotas de otra persona salvo en estos casos. O este otro, largo y equívoco, al dictado del algoritmo de Google: Ya ha entrado en vigor: la UE prohíbe que las mascotas viajen con otra persona que no sea su dueño salvo que el propietario viaje en los siguientes cinco días. No se aclara que la normativa afecta solo a los viajes transfronterizos, y esa prohibición concreta, además, ya existía. La UE ha modificado la legislación y ahora da más peso al pasaporte europeo para mascotas, pero los cambios no son tantos. El origen de la confusión El pasado 22 de abril entró en vigor el nuevo reglamento europeo sobre los desplazamientos no comerciales de animales de compañía. Bruselas ha cerrado el periodo transitorio del antiguo Reglamento 576/2013 y ahora, a todos los efectos, este asunto pasa a regirse por un nuevo reglamento delegado aprobado en enero, que desarrolla las normas previstas en el marco sanitario general de la UE. La Comisión Europea subraya un mensaje clave: la normativa no cambia de forma radical, sino que refuerza y aclara el sistema existente. El objetivo es mejorar la trazabilidad de perros, gatos y hurones y dificultar el tráfico ilegal de animales, una práctica al alza en Europa debido a lagunas legales. ¿Puede viajar una mascota sin su dueño? Una de las cuestiones que más afecta a los propietarios de mascotas y a los conductores es que, como norma general (y ya era así antes), un animal de compañía debe viajar con su dueño. Ahora bien, la normativa permite una excepción: una mascota puede viajar con una persona autorizada por escrito, siempre que el dueño viaje dentro de un plazo máximo de cinco días antes o después del desplazamiento del animal. Este punto se mantiene y se refuerza para evitar que viajes aparentemente privados encubran actividades comerciales o de compraventa ilegal. Si el animal viaja solo, sin dueño ni persona autorizada, deja de considerarse un desplazamiento no comercial y pasa a estar sujeto a las exigencias mucho más estrictas del transporte comercial de animales, algo que en la práctica complica enormemente el viaje. El coche, bajo el mismo paraguas legal Respecto al medio de transporte, la UE no distingue entre avión, tren o vehículo privado cuando se trata de cruzar fronteras: lo relevante es quién acompaña al animal y en qué condiciones sanitarias lo hace. En un viaje por carretera dentro de la UE, tu perro puede ir perfectamente contigo en el coche siempre que cumpla los requisitos habituales: identificación con microchip, vacunación antirrábica en vigor y pasaporte europeo para animales de compañía. Este documento sigue siendo la piedra angular del sistema y es obligatorio para cualquier desplazamiento entre Estados miembros. Pasaporte europeo y cinco animales como máximo Todos los perros, gatos y hurones deben tener su identificación europea individual. No es un trámite nuevo, pero ahora su control será más exhaustivo y homogéneo en toda la UE. En ese documento deben figurar, correctamente cumplimentados, los datos del propietario, el código del chip, la descripción del animal y la vacunación antirrábica. Los pasaportes ya expedidos siguen siendo válidos, lo que evita trámites innecesarios para la mayoría de propietarios españoles. Otro elemento relevante para los desplazamientos en coche entre países de la Unión es el número de animales. La UE mantiene el límite general de cinco mascotas por persona o vehículo. Superar esa cifra solo es posible en casos muy concretos (concursos, competiciones o exposiciones) y con justificación documental. Viajar con varias mascotas no puede utilizarse como un atajo para el transporte encubierto de animales.