Comprar una plaza de garaje en una comunidad distinta a la propia es habitual: muchos conductores optan por esta fórmula cuando su edificio no dispone de garaje o necesita espacio para otro vehículo. ¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) al respecto? Una plaza de garaje es un bien inmueble: se puede comprar, vender o alquilar… sin importar si el dueño también lo es de una vivienda en el edificio. Si la opción es la primera, la operación estará regulada por la LPH y el Código Civil. En este caso, antes de adquirir una plaza de garaje, hay que echar un vistazo al Registro de la Propiedad para saber de qué tipo es: Independiente: tiene escritura propia, así que no hay restricciones para comprar, vender o alquilar. Aneja a una vivienda: quiere decir que está vinculada legalmente a un piso y no se puede operar con ella por separado. Sólo será posible si se modifican las escrituras. En cuota indivisa: el conductor compra una parte del garaje, pero sin una plaza específica. subastas garajes Andalucía Obligaciones y derechos Al comprar una plaza de garaje, el conductor adquiere una serie de obligaciones: tendrá que pagar las cuotas de comunidad, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente y las derramas. Se compromete, además, a cumplir las normas internas que marca la LPH y los estatutos de la comunidad. Por otro lado, el conductor, como propietario de una plaza de garaje, adquiere una serie de derechos (reconocidos por la LPH): Uso exclusivo: es el único dueño y el único que puede usarla. Acceso y uso de las zonas comunes necesarias para acceder a la plaza: puerta automática, viales de circulación, escaleras, ascensor (si lleva al garaje) o entradas peatonales. Voto en las juntas de la comunidad de propietarios: puede participar y votar en aquellas decisiones que afecten al garaje. garaje comunitario Vender, alquilar, heredar o traspasar libremente: no habrá que pedir permiso a la comunidad de propietarios, siempre que la plaza esté inscrita en el Registro de la Propiedad como finca independiente. Eso sí, al alquilarla es aconsejable notificarlo por seguridad. Exigir mantenimiento y seguridad: del garaje y sus instalaciones. Finalmente, el segundo artículo de la LPH habla de una fórmula para los dueños de plazas que no tienen vivienda en el edificio: las subcomunidades. Sirven para tratar sólo temas que afecten a su espacio en el garaje, como normas de uso o mantenimiento, por ejemplo, sin tener que intervenir en temas ajenos para ellos, como las zonas comunes, los trasteros…