En España, la posibilidad de renovar el permiso de circulación no depende de la edad del conductor, sino de sus condiciones físicas y cognitivas. Es decir, alguien de 80 o 90 años puede seguir conduciendo siempre que supere las pruebas pertinentes. Lo que sí hay que tener en cuenta es que, a partir de cierta edad, la normativa se vuelve algo más estricta.Y es que, si bien es cierto que el carné de conducir es una herramienta necesaria para millones de personas que necesitan desplazarse en su día a día, permitir renovaciones sin regular las capacidades de los conductores puede resultar peligroso para ellos mismos y para el resto de usuarios de la vía. Por eso, la DGT reduce el periodo de vigencia del permiso a partir de los 65 años. Nuevas normas A partir de 2026, la DGT cambia las normas del carné de conducir: afectará a los nacidos entre 1956 y 1961Conforme se cumplen años, es normal perder ciertas capacidades auditivas, visuales, cognitivas o físicas, lo cual afecta directamente a la seguridad al volante. De ahí que desde Tráfico se aumente a partir de los 65 años la frecuencia de las revisiones médicas y de aptitud. De esta forma, las autoridades se aseguran de que seguir conduciendo sea seguro para todos. En este sentido, la DGT establece que a partir de dicha edad, los permisos de coches, motos y motocicletas (AM, A1, A2, A, B) y las licencias de conducción tienen una vigencia de 5 años. Por otro lado, la vigencia se reduce a tres años en el caso de los permisos profesionales de autobuses y camiones (C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1…). Esto quiere decir que los conductores que cumplen 65 años deberán renovar el permiso de circulación cada 5 años y no cada 10, que es el periodo que se aplica para el resto de usuarios. En otras palabras, este 2026 se acorta el plazo de renovación para aquellas personas nacidas en 1961, que deberán pasar los exámenes pertinentes cada 5 años. Mayores de 70 años Renovar un permiso próximo a caducar es un trámite que tiene un coste de 24,58 euros. Sin embargo, los usuarios de 70 años o más (nacidos en 1956) están exentos de pagar las tasas a la hora de renovar su carné. Eso sí, tendrán que abonar los costes derivados del reconocimiento médico, que debe realizarse siempre en un centro autorizado por la DGT.