Los vehículos eléctricos ofrecen a los conductores varias ventajas y, de todas ellas, una de las más evidentes es el ahorro en combustible. Este tipo de coches permite a sus dueños decir adiós a las gasolineras y al gasto que eso supone. Eso sí, para que esto realmente funcione, hay un aspecto clave: el acceso a puntos de recarga.Para que realmente merezca la pena tener un coche eléctrico es de vital importancia poder cargarlo con facilidad, y por eso muchos propietarios optan por instalar su propio cargador en casa. El problema es que colocar un punto de recarga no siempre es tan fácil como parece, especialmente si la comunidad de vecinos está en contra. El caso Hace 9 años instaló un cargador para su coche, pero la comunidad de vecinos se quejó: ahora la justicia ha dictado sentenciaY si no, que se lo digan a un conductor residente en Alicante que, a finales de 2017, instaló un cargador en su plaza de parking del garaje de la comunidad de vecinos. Antes de habilitar dicho cargador notificó al administrador de su finca, pero, a pesar de ello y según las informaciones de Motorpasión, el resto de propietarios intentó frenar la instalación. La administración alegó que para colocar un cargador en su plaza privada tenía que montar un tendido de cables que invadía las zonas comunes. Por eso, para seguir adelante con la obra hacía falta la aprobación unánime de toda la comunidad de vecinos. A partir de ahí, comenzó una batalla legal que ha durado varios años. La decisión de la justicia Aunque los vecinos estaban en contra de la instalación, el conductor mantuvo su postura y aseguró que, según el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, la instalación de un punto de recarga de uso privado solo requiere la comunicación previa a la comunidad, siempre y cuando el particular asuma los costes de la obra y el suministro. Como respuesta, en 2018 la comunidad declaró la instalación ilegal y amenazó con tomar medidas legales. En un primer momento, el juzgado de primera instancia les dio la razón, pero finalmente ha sido el Tribunal Supremo el que ha dictado sentencia. El máximo órgano judicial aclaró que no se puede prohibir el hecho de que los cables pasen por zonas comunes, porque es una opción que ya se contemplaba en la Ley de Propiedad Horizontal. Es decir, dar la razón a los vecinos sería limitar la aplicación de la legislación vigente.