Cada vez es más habitual ver escenas temerarias en la carretera en las que los patinetes eléctricos son los protagonistas. Muchos desconocen cuáles son las normas vigentes para estos vehículos, pero hay una que es pura lógica: tienen totalmente prohibido circular por carretera. En redes sociales se han visto recientemente imágenes de ocupantes de patinetes eléctricos circulando por lugares prohibidos. Estas acciones no solo ponen en peligro al resto de automovilistas, sino también a ellos mismos. Y, lejos de ser un caso aislado, ha vuelto a ocurrir, esta vez en Sevilla. Según unas imágenes grabadas por el pasajero de otro vehículo, dos personas circulaban con total tranquilidad por la A-8057. Todo ocurrió de noche en la carretera que conecta Mairena del Aljarafe con Sevilla, justo en dirección al recién estrenado carril VAO, según han recogido medios locales. Además de tratarse de una conducta temeraria por llevar dos personas en un mismo patinete, algo prohibido, lo hacían a nada menos que 70 km/h. Y, por si fuera poco, tampoco llevaban los elementos de seguridad obligatorios, como el casco o un sistema de luces y elementos reflectantes necesarios para circular con un VMP. ¿Es legal circular en patinete por una autovía? La respuesta es sencilla: no. La normativa española prohíbe de forma expresa que los patinetes eléctricos circulen por autovías, autopistas, travesías, vías interurbanas o túneles urbanos. Este tipo de vehículos está limitado exclusivamente a vías urbanas y, en algunos casos, a carriles bici habilitados. Hacerlo en una autovía supone una infracción grave, sancionada con multas que pueden oscilar entre 200 y 500 euros, tal y como establece el artículo 38 del Reglamento General de Circulación. En este caso concreto, no consta oficialmente que el usuario del vídeo haya sido identificado, pero de serlo podría enfrentarse tanto a una sanción económica como a la inmovilización del patinete. ¿Cuáles son las infracciones más habituales? Situaciones como la vivida en Sevilla reflejan un problema que las autoridades llevan tiempo señalando: muchos usuarios de patinetes eléctricos desconocen o directamente ignoran las normas que regulan su uso. Aunque estos vehículos se han integrado en la movilidad urbana, siguen sujetos a una serie de obligaciones que a menudo no se cumplen. Una de las infracciones más habituales es superar la velocidad máxima permitida, limitada a 25 km/h en todos los VMP. Circular por encima de ese límite o utilizar un patinete trucado para alcanzar mayores velocidades puede suponer una multa de 100 euros. También es frecuente que los usuarios conduzcan usando el móvil o con auriculares puestos, algo especialmente peligroso porque reduce la atención y el tiempo de reacción. En estos casos, la sanción asciende a 200 euros. Consumo de alcohol, drogas y otras conductas peligrosas Las multas más elevadas se aplican cuando el usuario conduce bajo los efectos del alcohol o las drogas. Dar positivo puede implicar sanciones que van de 500 a 1.000 euros según la tasa de alcohol, y hasta 1.000 euros en caso de drogas. A esto se añaden comportamientos como maniobras arriesgadas, giros bruscos o una conducción negligente que pueden acarrear sanciones de hasta 500 euros, dependiendo de la ordenanza municipal. Agente con un conductor de VMP. Otra conducta prohibida y demasiado habitual es circular con dos personas en un mismo patinete, penalizada con 100 euros. Además, hacerlo de noche sin luces ni elementos reflectantes es una infracción grave, castigada con 200 euros debido al riesgo que supone. En cuanto al casco, su obligatoriedad varía según el municipio, pero en aquellos donde sí se exige, no llevarlo puede costar también alrededor de 200 euros.