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Se han convertido en algo habitual entre los conductores que circulan con vehículo privado en ciudad. Son las Zonas de Bajas Emisiones, ZBE, que restringen el acceso según la etiqueta de la DGT. Su implantación ha estado rodeada de polémica desde su entrada en vigor, hace ya bastantes años. De hecho, la primera se implantó en Barcelona en 2020 y meses después se fueron sumando otras ciudades porque el Gobierno, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, fijó que los municipios de más de 50.000 habitantes debían tener una desde el 1 de enero de 2023. También se incluyeron municipios insulares y algunos de más de 20.000 habitantes con problemas de calidad del aire, fijadas con medidores oficiales.
Lío con las Zonas de Bajas Emisiones
Sin embargo, dado que su aplicación depende de los ayuntamientos, su implantación ha sido desigual, y muchos consistorios, si bien las han creado, no aplican sanciones por accesos indebidos, algo que desde el Gobierno quieren atajar con la modificación, por parte del Consejo de Ministros, del Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan las ya conocidas como ZBE en aplicación de la Ley 7/2021, de cambio climático y transición energética.
Esta modificación ya ha sido aprobada, con el objetivo de "garantizar su implantación y funcionamiento efectivos y asegurar que estas áreas cumplen su finalidad de mejorar la calidad del aire y contribuir a la mitigación del cambio climático".
A juicio del Gobierno, se han detectado "deficiencias" en la aplicación de la normativa "que han puesto de manifiesto la necesidad de reforzar los requisitos para evitar que la declaración de una zona de bajas emisiones se limite a una delimitación territorial sin medidas efectivas".
Entre las irregularidades detectadas están desde moratorias que el Gobierno considera excesivamente prolongadas en lo relativo a imponer sanciones (períodos de gracia en los que no se sanciona por un acceso no permitido), hasta permitir la circulación de vehículos considerados contaminantes, o que la zona no sea lo suficientemente amplia.
Con la reciente aprobación se busca un mayor control y, de hecho, las entidades locales competentes deberán acreditar y documentar que se cumplen los requisitos establecidos. Por ejemplo, deberán comunicar las prohibiciones o restricciones de acceso, así como la circulación y estacionamiento de vehículos atendiendo a su potencial contaminante, algo que se aplica en función de las etiquetas de la DGT. También se deberán implementar sistemas de control de accesos, monitorización y seguimiento.
El Gobierno pide aplicar las multas
Asimismo, la modificación exige que las ordenanzas municipales contemplen y apliquen el régimen sancionador, es decir, que multen, de acuerdo a la normativa estatal de tráfico, "sin recurrir a sistemas transitorios que demoren su efectividad". En general, son 200 euros porque se considera una infracción grave, aunque si se paga dentro del plazo de pronto pago, 20 días naturales desde la notificación, suele aplicarse una reducción del 50%, por lo que queda en 100, en cualquier caso sin pérdida de puntos.
Desde el Gobierno justifican la medida porque de esta forma mejora la seguridad jurídica a los ayuntamientos, que son quienes tienen las competencias en materia de tráfico y movilidad.
De esta forma se tendrán datos más fiables en lo relativo a incumplimientos y con la recaudación se podrán financiar proyectos "destinados a impulsar la transformación digital y sostenible del transporte urbano", justifican desde el Gobierno, que están totalmente a favor de las ZBE porque "constituyen una de las principales herramientas para avanzar hacia modelos de movilidad más sostenibles, reducir la contaminación atmosférica y las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorar la salud pública y la calidad de vida en las ciudades. Su adecuada implantación contribuye también a fomentar los desplazamientos activos, recuperar espacio público y racionalizar el uso del vehículo privado".